Requisitos del grupo de pruebas registrado
Requisitos del grupo de pruebas registrado
Grupo Registrado de Pruebas (RTP)
El Grupo Registrado de Control (RTP) es el grupo de deportistas de máxima prioridad establecido por separado a nivel internacional por la FIP y a nivel nacional por las Organizaciones Nacionales Antidopaje.
Los deportistas incluidos en el RTP de la FIP están sujetos a controles tanto durante la competición como fuera de ella como parte del plan de distribución de controles de la FIP y, por lo tanto, deben proporcionar información sobre su paradero según lo dispuesto en el artículo 5.5 del Código (Información sobre el paradero de los deportistas) y en el Estándar Internacional de Controles e Investigaciones. 5.5 (Información sobre el paradero de los deportistas) y el Estándar Internacional para Controles e Investigaciones.
La FIP actualiza periódicamente la composición de la RTP. Los deportistas son incluidos en la RTP en función de una serie de criterios y la Agencia Internacional de Controles les notifica su inclusión.
La inclusión en el RTP se realiza a través de la Carta de Inclusión de la FIP – este documento contiene toda la información clave, los plazos y las responsabilidades del atleta en lo que respecta a las obligaciones del RTP de los atletas.
Requisitos de localización
Los deportistas RTP deben proporcionar regularmente información sobre su paradero y sus datos de contacto en ADAMS, el sistema en línea de administración y gestión antidopaje de la AMA. Esta información ayuda a las organizaciones antidopaje con jurisdicción de control sobre el deportista a planificar los controles fuera de competición.
Los requisitos de paradero incluyen, entre otros, los siguientes:
- Una dirección postal y un número de teléfono actualizados
- Una franja horaria diaria específica de 60 minutos entre las 5.00 y las 23.00 horas en la que el deportista esté disponible y accesible para someterse a las pruebas.
- Alojamiento del deportista para cada día
- Información sobre el entrenamiento y las actividades regulares que forman parte de la rutina habitual del deportista (entrenamiento en el gimnasio, sesiones regulares de fisioterapia, escuela, trabajo, etc.)
- Calendario de competiciones, entrenamientos y viajes
- Cualquier información adicional pertinente que ayude al Agente de Control Antidopaje a localizar al deportista (por ejemplo, número de timbre o indicaciones para llegar a un lugar remoto).
La presentación tardía, inexacta o incompleta de información sobre el paradero puede dar lugar a un Incumplimiento de Presentación.
Un deportista puede ser sometido a un control fallido si no está disponible para someterse a un control durante la franja horaria de 60 minutos indicada en ADAMS. Tres faltas de localización (cualquier combinación de una falta de registro y una ausencia a un control) que se produzcan en un periodo de 12 meses darán lugar a una infracción de las normas antidopaje y a una posible suspensión de dos años de la actividad deportiva.
It is important to note that under the Principle of Strict Liability, the athlete remains responsible for the information submitted, even if they have delegated this task to a member of their support team.
Below are some helpful whereabouts tips for athletes:
- Establecer un recordatorio en el calendario de las fechas/plazos clave para presentar la información trimestral sobre el paradero.
- Programar una alarma para el inicio de la franja horaria de 60 minutos
- Sea lo más específico posible al enviar la información sobre su paradero
- En caso de duda, solicite ayuda a través de fip.padel@ita.sport o del Centro de Ayuda ADAMS.
- Utilice la aplicación Athlete Central para enviar su información de localización desde un dispositivo móvil.
Jubilación y vuelta a la competición
Todos los deportistas de nivel internacional que decidan retirarse de la competición deben informar a su NADO, a la ITA y a la FIP por correo electrónico. En el caso de los deportistas RTP/TP, tan pronto como se confirme oficialmente la retirada a su NADO, a la ITA y a la FIP, el deportista será retirado inmediatamente del RTP. La ITA enviará una comunicación escrita para acusar recibo de esta información.
Si el atleta desea regresar a la competición, no podrá competir en eventos internacionales o nacionales hasta que lo haya notificado por escrito a la FIP con seis meses de antelación (Art. 5.6 del Código: Atletas retirados que regresan a la competición).