exenciones para uso terapéutico (tues)
Proceso de autorización para uso terapéutico
1. ¿Qué es una Autorización para Uso Terapéutico (AUT)?
Los deportistas pueden padecer enfermedades o afecciones que les obliguen a tomar medicamentos o a someterse a procedimientos. Si el medicamento o método que un deportista debe utilizar para tratar una enfermedad o afección está prohibido según la lista de sustancias y métodos prohibidos de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), una AUT puede autorizar a ese deportista a utilizar esa sustancia o método mientras compite sin invocar una infracción de las normas antidopaje (ADRV) y la sanción aplicable. Las solicitudes de AUT son evaluadas por un panel de médicos, el Comité de AUT (CAUT).
2.¿Cuáles son los criterios para conceder una AUT?
Deben cumplirse los cuatro criterios siguientes (para más detalles, consulte el artículo 4.2 del Estándar Internacional para Autorizaciones de Uso Terapéutico (ISTUE) de la AMA):
- El deportista tiene una afección médica claramente diagnosticada que requiere tratamiento con una sustancia o método prohibidos;
- El uso terapéutico de la sustancia no producirá, en el balance de probabilidades, una mejora significativa del rendimiento más allá del estado normal de salud del deportista;
- La sustancia o método prohibido es un tratamiento indicado para la afección médica y no existe ninguna alternativa terapéutica razonable permitida;
- La necesidad de utilizar dicha sustancia o método no es consecuencia del uso previo (sin AUT), de una sustancia o método que estaba prohibido en el momento de su uso.
3. ¿Quién debe solicitar una AUT? ¿Dónde y cuándo solicitarla?
La Federación Internacional de Pádel (FIP) ha delegado la responsabilidad de todas las solicitudes de AUT a la Agencia Internacional de Pruebas (ITA). Esto significa que la ITA es ahora plenamente responsable del proceso de solicitud de AUT para todos los deportistas de nivel internacional que caen bajo la jurisdicción de la FIP.
Los deportistas sujetos a normas antidopaje necesitarían una AUT para tomar una sustancia prohibida o utilizar un método prohibido. Debe verificar con la ITA para saber a quién necesita solicitarla y si puede solicitarla con carácter retroactivo.
En primer lugar, compruebe si el medicamento o método que pretende tomar o utilizar está prohibido según la Lista de Prohibiciones de la AMA.
También puede utilizar un servicio en línea de «comprobación de la medicación» como globalDRO (https://globaldro.com) o preguntar a su ONAD si dispone de uno.
Usted tiene la responsabilidad de informar a su(s) médico(s) de que es un deportista sujeto a las normas antidopaje. Usted y su(s) médico(s) deben comprobar la Lista de sustancias y métodos prohibidos para la sustancia o el método que le han recetado. Si la sustancia o método está prohibido, discuta las alternativas no prohibidas, si no hay ninguna, solicite una AUT. Recuerde que los deportistas tienen la responsabilidad última. Póngase en contacto con su ONAD o con la ATI si tiene dificultades para evaluar la situación de una sustancia.
A continuación, verifique a continuación su estatus, para determinar su nivel de competición y los requisitos de solicitud de AUT:
Definición de nivel internacional
a) Atletas que formen parte del Pool de Control Registrado o del Pool de Control de la IPF;
b) Atletas clasificados hasta el puesto nº 50 en la clasificación masculina y femenina de la IPF correspondiente, publicada en el sitio web de la IPF.
ª Si se determina que usted es un deportista de nivel internacional, deberá solicitarlo a la ITA con antelación, en cuanto surja la necesidad, salvo que concurran circunstancias de emergencia o excepcionales.
Para las sustancias prohibidas únicamente en competición, debe solicitar una AUT al menos 30 días antes de su próxima competición, a menos que se aplique una de las excepciones sobre AUT retroactivas (véase más abajo).
Consulte la sección «¿Cómo solicitar una AUT a la ATI?» más abajo.
Si ya tiene una AUT concedida por su Organización Nacional Antidopaje (ONAD):
El CAUT de la ATI lo reconocerá automáticamente a efectos de Competición a nivel internacional sin necesidad de revisar la información clínica pertinente.
ª Si usted NO es un deportista de nivel internacional y ha sido sometido a controles por la FIP, el CAUT de la AIT reconoce una AUT válida concedida por su ONAD (es decir, satisface los criterios de la ISTUE para la concesión de una AUT); a menos que deba solicitar el reconocimiento de la AUT porque compite en un evento internacional.
Si usted NO es un deportista de nivel nacional según la definición de su ONAD y ha sido sometido a controles por la FIP, debe solicitar una AUT retroactiva a la ATI.
4.¿Puedo obtener una AUT retroactiva?
Sólo podrá solicitar con carácter retroactivo una AUT para PIF si:
- Ha necesitado tratamiento urgente o de emergencia de una enfermedad.
- No hubo tiempo suficiente, oportunidad u otras circunstancias excepcionales que le impidieran presentar la solicitud de AUT, o que ésta fuera evaluada, antes de someterse a la prueba.
- Usted es un deportista de nivel inferior que no está bajo la jurisdicción de la FIP o de una NADO y fue sometido a un control.
- Ha dado positivo tras consumir una sustancia Fuera de Competición que sólo está prohibida En Competición (por ejemplo, glucocorticoides).
En circunstancias raras y excepcionales, y sin perjuicio de cualquier otra disposición de las ISTUE, podrá solicitar y obtener una aprobación retroactiva para un uso terapéutico de una sustancia o método prohibido, si teniendo en cuenta la finalidad del Código, fuera manifiestamente injusto no conceder una AUT retroactiva. Una organización antidopaje podrá conceder la solicitud de un deportista de una AUT retroactiva conforme a este artículo únicamente con la aprobación previa de la AMA (y la AMA podrá, a su absoluta discreción, estar de acuerdo con la decisión de la organización antidopaje o rechazarla)».
Esta AUT retroactiva única sólo se concederá con la aprobación previa de la AMA (y la AMA podrá, a su absoluta discreción, aceptar o rechazar la decisión de la FIP).
Nota importante:
El uso de una sustancia o método prohibido sin una AUT puede dar lugar a una infracción de las normas antidopaje.
En caso de que sea necesaria una solicitud de AUT retroactiva tras la recogida de la muestra, se recomienda encarecidamente tener un expediente médico preparado y listo para someterlo a evaluación.
5.¿Cómo solicitar una AUT a la ATI?
La FIP anima a presentar las solicitudes de AUT a través de ADAMS, junto con la información médica requerida. Si aún no tiene una cuenta ADAMS, póngase en contacto con tue@ita.sport para crearla.
En caso contrario, descargue el formulario de solicitud de AUT (que encontrará en https://ita.sport/TUE) y, una vez debidamente cumplimentado y firmado, envíelo junto con el certificado médico requerido utilizando este formulario en línea.
Su solicitud de AUT debe presentarse en letras mayúsculas legibles. o mecanografiadas.
El expediente médico debe incluir:
- Un historial médico completo, que incluya documentación del médico o médicos que realizaron el diagnóstico original (siempre que sea posible);
- Los resultados de todos los exámenes, investigaciones de laboratorio y estudios de imagen pertinentes para la solicitud.
Todos los gastos en que incurra el deportista al presentar la solicitud de AUT y al completarla según lo requiera el CAUT son responsabilidad del deportista.
Cualquier solicitud de AUT que no esté completa o legible no será tramitada y será devuelta para su cumplimentación y nueva presentación.
Para ayudarle a usted y a su médico a proporcionar la documentación médica correcta, le sugerimos que consulte las listas de comprobación de la AMA para las solicitudes de AUT a fin de obtener orientación y apoyo, y la información médica en apoyo de las decisiones de los CAUT a fin de obtener orientación sobre afecciones médicas, tratamientos, sustancias, etc. comunes específicos.
Conserve una copia completa del formulario de solicitud de AUT y de toda la información médica presentada en apoyo de su solicitud, así como la prueba de que ha sido enviada.
6.¿Cómo PRESENTAR A LA FIP UNA SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE LA AUTORIZACIÓN DE MI NADO?
El CAUT de la ATI reconocerá automáticamente su AUT a efectos de Competición a nivel internacional sin necesidad de revisar la información clínica pertinente. Si la AUT está correctamente introducida en ADAMS, no es necesario que se ponga en contacto con nosotros. No obstante, si necesita una confirmación, puede presentar su solicitud a la ATI por escrito indicando su número de referencia de AUT en ADAMS.
Puede descargar su certificado TUE directamente de ADAMS.
7. ¿Qué ocurre en los grandes acontecimientos, como los Juegos Olímpicos o los Mundiales?
Debe verificar con el Gran Acontecimiento cuáles son sus requisitos de AUT.
Antes del periodo de los Juegos.
Deberá seguir el proceso normal y presentar nuevas solicitudes a su FI u ONAD. Las AUT preexistentes seguirán el proceso de reconocimiento siempre que estén introducidas en ADAMS.
Durante el periodo de los Juegos.
Debe comprobar el proceso exacto en la página web del Evento o ponerse en contacto con los organizadores.
8. ¿Cuándo recibiré una decisión sobre mi solicitud de AUT [O SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO]?
El CAUT de la ATI debe emitir una decisión lo antes posible, y normalmente en un plazo de 21 días a partir de la fecha de recepción de la solicitud de AUT completa, o de la solicitud de reconocimiento, salvo en circunstancias excepcionales.
9.¿QUÉ hago si necesito renovar mi AUT?
Cada AUT tiene una duración determinada, al término de la cual expira automáticamente. En caso de que necesite seguir utilizando la sustancia o el método prohibidos, es su responsabilidad presentar una nueva solicitud de AUT con información médica actualizada antes de la fecha de expiración, de modo que haya tiempo suficiente para que se tome una decisión antes de que expire la AUT actual.
Nota importante:
La presencia (tras la recogida de la muestra), el uso, la posesión o la administración de la sustancia o método prohibidos deben ser coherentes con los términos de su AUT. Por lo tanto, si necesita una dosis, frecuencia, vía o duración de la administración materialmente diferentes, deberá ponerse en contacto con la ATI, ya que es posible que deba solicitar una nueva AUT. Algunas sustancias y dosis, por ejemplo la insulina, se modifican a menudo durante el tratamiento y estas posibles fluctuaciones deben ser mencionadas por el médico tratante en la solicitud de AUT y normalmente serán aceptadas por el CAUT de la ATI.
10. ¿QUÉ OCURRE SI SE DENIEGA MI SOLICITUD DE TUE?
La decisión de denegar una solicitud de AUT incluirá una explicación por escrito de los motivos de la denegación. Si no le queda claro, póngase en contacto con la ATI para saber exactamente por qué se ha denegado la AUT. A veces, puede faltar un dato crítico, una prueba diagnóstica, resultados de laboratorio, etc. En tal caso, deberá volver a solicitarla.
Usted y/o su ONAD pueden remitir el asunto a la AMA para su revisión a más tardar 21 días después de la notificación de la decisión del CAUT de la ATI. Deberá enviar la misma información que nos presentó, y en la que se basó la decisión de denegar la AUT, a través de un método seguro en línea o por correo certificado a:
Departamento Médico de la AMA
Agencia Mundial Antidopaje
Torre de la Bolsa
800 Place Victoria (Suite 1700)
Apartado de correos 120
Montreal (Quebec) H4Z 1B7
Canadá
La dirección de correo electrónico para realizar consultas y/o enviar la solicitud de revisión es: medical@wada-ama.org
Cabe señalar que la AMA no está obligada a dar curso a una solicitud de revisión. En ese caso, usted y/o su ONAD pueden recurrir al Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAD).
11.¿Y SI MI TUE NO ES RECONOCIDA POR LA FIP?
Usted y/o su ONAD disponen de 21 días a partir de la fecha de la decisión para remitir el asunto a la AMA para su revisión. La dirección de correo electrónico para consultar y/o enviar la solicitud de revisión es: medical@wada-ama.org. También puede enviarla a
Departamento Médico de la AMA
Agencia Mundial Antidopaje
Torre de la Bolsa
800 Place Victoria (Suite 1700)
Apartado de correos 120
Montreal (Quebec) H4Z 1B7
Canadá
Deberá enviar a la AMA la misma información que proporcionó a su ONAD. Utilice un método seguro en línea, a menos que lo envíe por correo certificado.
A la espera de la decisión de la AMA, su AUT de la ONAD sigue siendo válida únicamente para los controles en competiciones nacionales y fuera de competición.
Si el asunto no se remite a la AMA para su revisión, su ONAD debe determinar si la AUT original concedida debe seguir siendo válida para los controles de competición y fuera de competición a nivel nacional.
12. ¿se tratará mi información médica de forma confidencial?
Toda la información contenida en una solicitud de AUT, incluida la información médica de apoyo y cualquier otra información relacionada con la evaluación de su solicitud de AUT, se mantiene estrictamente confidencial y se trata de acuerdo con la Declaración del Deportista contenida en la AUT de ADAMS y en el Formulario de Solicitud de AUT que se puede encontrar aquí. Todos los miembros del CAUT y cualesquiera otros destinatarios autorizados de su solicitud de AUT y de la información relacionada (como se describe en la Declaración del Deportista) están sujetos a una obligación de confidencialidad profesional o contractual.
Por favor, revise cuidadosamente los términos de la Declaración del Atleta. En particular, tenga en cuenta que si desea revocar el derecho del CAUT de la FIP a obtener la información relacionada con su AUT de conformidad con la Declaración del Deportista, su solicitud de AUT se considerará retirada sin que se conceda la aprobación [o el reconocimiento].
La información relativa a su solicitud de AUT será conservada por la FIP y cualquier otro destinatario autorizado durante no más tiempo del necesario para los fines indicados en la Declaración del Atleta, de conformidad con la Norma Internacional para la Protección de la Privacidad y la Información Personal.
13.Información de contacto
Para cualquier información adicional y preguntas en relación con las prácticas de información personal de FIP, póngase en contacto con privacy@ita.sport.
Si tiene alguna duda sobre qué organización debe solicitar una AUT, o sobre el proceso de reconocimiento, o cualquier otra cuestión sobre las AUT, póngase en contacto con: tue@ita.sport.
14.Otros enlaces útiles:
Norma Internacional de la AMA para Autorizaciones de Uso Terapéutico (ISTUE)
Preguntas y respuestas de la AMA sobre las Autorizaciones de Uso Terapéutico
Listas de control de la AMA para solicitudes de AUT
Directrices de la AMA para la Norma Internacional para Autorizaciones de Uso Terapéutico (ISTUE)
Educación y formación antidopaje de la AMA (ADEL)